miércoles, 13 de abril de 2011

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"Qué gana el hombre con poseer el mundo entero si su alma pierde el derrotero" 

Francisco Xavier.



Universidad Católica del Táchira

En este sitio usted podrá encontrar respuesta a esas dudas tan frecuentes que muchas veces nos impiden tomar una decisión acertada a tiempo. Para tales fines ofrecemos consejos prácticos que le permitan resolver esos pequeños incidentes de orden: Civil, laboral, de familia, mercantil y otros.
También tratamos temas relacionados con  doctrina y  jurisprudencia, como un apoyo dirigido especialmente a estudiantes de Derecho, abogados y todos aquellos que se interesen por la ciencia del derecho.
Además de importantes links, usted encontrará en esta sección algunos consejos que le van a permitir tomar una decisión pronta y eficaz para resolver ese pequeño incidente legal.

!Atención...! Apreciado estudiante, se le recomienda encarecidamente que acceda a la página Cronograma de Actividades e igualmente el Plan de Evaluación, ambas publicadas.

Ubique en este espacio  comentarios actuales de doctrina, jurisprudencia y otros tópicos relativos a sentencias emanadas del Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales de la República.
Joven estudiante, puedes darle una oportunidad a tu vida y a tu futuro, visita la página de Jóvenes para Naciones Unidas cuyo link aparece al final de está página.
Abra la página "Apuntes de Clase". En ella encontrará un breve resumen del material de apoyo suministrado, además de los apuntes tomados en clase por los alumnos del Tercer Año de Derecho.

En la página: Programación Académica se expone a los estudiantes del Tercer Año de derecho, Secciones "C" y "D" (Nocturno), la planificación académica correspondiente al año 2010 - 2011.


Absolver de la Instancia y Absolver en la Instancia.


Absolución de la Instancia:

El ordinal 5°) del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil establece que toda sentencia debe contener: Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.  En tal sentido, cuando el Juez en su sentencia se limita exclusivamente a señalar que no había materia sobre la cual decidir, violentando de esta manera el principio de la exhaustividad que impone a los jueces el deber de considerar y resolver todas y cada una de las alegaciones que constituyen el problema judicial, está incurriendo en el vicio procesal de absolver de la instancia.  Esto quiere decir, que es obligación revelar claramente el pensamiento del sentenciador en el dispositivo del fallo, el cual no puede ser implícito o tácito, ni contener expresiones vagas u oscuras, ni requerir de interpretaciones o raciocinios para saber qué fue lo decidido, pues en tal caso estaríamos en presencia de una absolución de la instancia.
Según el principio arriba mencionado, hay omisión de pronunciamiento cuando la decisión no otorga la debida tutela jurídica sobre alguna de las alegaciones de las partes, a menos que por alguna causa legal el Juez esté eximido de ese deber. 
Ahora bien, como se ha visto antes, uno de los requisitos intrínsecos de forma de la sentencia, es que debe contener decisión expresa, positiva y precisa, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.
Así, la absolución de instancia se materializa, cuando no recae decisión precisa sobre lo solicitado y no se condena, ni absuelve, por considerar el Juzgado que no son bastante los elementos de autos para una cosa ni otra, es decir, cuando el sentenciador no decida de ninguna manera lo demandado, por considerar que no hay méritos en autos para la absolución o condenatoria, sino que deja abierta la controversia en espera de otros planteamientos de las partes.
Ha señalado la Sala de Casación Civil en sentencia de fecha 08 de junio de 2000 que: “Por acción o pretensión deducida debe entenderse no sólo el petitum de la demanda, sino también los hechos en que el actor fundamenta su causa de pedir, por lo que al silenciar los jueces toda consideración sobre alguno de los planteamientos básicos del libelo incurren en desacato al deber legal de decidir con arreglo a la acción deducida y a las excepciones y defensas opuestas. Cuando la sentencia deja en suspenso el juicio so pretexto de no ser suficiente el mérito de autos para absolver o condenar, o cuando da por terminada la instancia por falta de elementos para decidir, el juez incurre en el vicio de absolver la instancia”.
Quiere decir, según la propia Sala de Casación Civil, que cuando en la sentencia está presente cualquiera de los dos supuestos señalados anteriormente, el juez incurre en el vicio de absolver la instancia. 
  
La absolución en la instancia:

Este concepto se refiere, por otra parte, al pronunciamiento que se realiza en la sentencia cuando un tribunal o un juez alude una excepción procesal y se abstiene de resolver el fondo.
En el proceso civil surgen incidentes procesales que impiden al Juez resolver el fondo de la controversia a causa de omisiones o vicios que producen el quebrantamiento de las formas procesales, lo cual vulnera el derecho a la defensa; Tal es el caso de las sentencias formales o de reposición a las que se refiere el Artículo 245 del Código de Procedimiento civil, esto suele ocurrir frecuentemente en aquellos casos en los cuales no se ha integrado el contradictorio, por no haber citado a todos los litisconsortes, cuando tratándose de una relación litisconsorcial uniforme o necesaria, no se llamó al proceso a alguno de éstos; ejemplo: cuando el objeto de la demanda corresponda afecta a una sociedad conyugal, se debe demandar y citar a ambos cónyuges para que de esta manera se integre el contradictorio, ya que de no hacerlo, se estaría violentando el derecho a la defensa del cónyuge que no fue llamado al proceso, caso en el cual, mal podría decidirse el fondo, debiendo en consecuencia producir el Juez una sentencia formal o de reposición, al estado de incorporar al cónyuge que no fue citado, al proceso. Otro caso sería cuando el tribunal debe declarar la cosa juzgada, o sea, no resuelve sobre el fondo de la controversia, sino que se limita a declarar la excepción de la cosa juzgada.



      ¿ES PROCEDENTE EL DESPIDO DE LA TRABAJADORA EMBARAZADA?
La Ley Orgánica del Trabajo garantiza enfáticamente la protección de la mujer embarazada y de la familia, protegiéndola contra abusos y despidos injustificados por parte del patrono; a tales fines, de conformidad con lo establecido en el Artículo 384 de la Ley Orgánica del Trabajo. La mujer trabajadora en estado de gravidez gozará de inamovilidad durante el embarazo y hasta un (1) año después del parto. Cuando incurra en alguna de las causas establecidas en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Trabajo, para su despido será necesaria la calificación previa del Inspector del Trabajo mediante el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título VII. esto quiere decir que la trabajadora en estado de embarazo sólo puede ser despedida por su patrono, en los casos taxativamente establecidos por la Ley, es decir, cuando incurra en una de las faltas expresamente contempladas en el Artículo 102. de la Ley Orgánica del Trabajo. Pero, aun habiendo la trabajadora embarazada cometido alguna de las faltas que a continuación se señalan, la justificación de despido debe ser previamente calificada por el Inspector del Trabajo del lugar donde esté domiciliada la trabajadora.

 Serán causas justificadas de despido los siguientes hechos del trabajador:

a) Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo;
b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa;
c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él;
d) Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo;
e) Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene del trabajo;
f) Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un (1) mes.
La enfermedad del trabajador se considerará causa justificada de inasistencia al trabajo. El trabajador deberá, siempre que no exista circunstancias que lo impida, notificar al patrono la causa que lo imposibilite para asistir al trabajo;
g) Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o en elaboración, plantaciones y otras pertenencias;
h) Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento;
i) Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo; y
j) Abandono del trabajo.

Parágrafo Único: Se entiende por abandono del trabajo:
a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas de trabajo del sitio de la faena, sin permiso del patrono o de quien a éste represente;
b) La negativa a trabajar en las faenas a que ha sido destinado, siempre que ellas estén de acuerdo con el respectivo contrato o con la Ley.
No se considerará abandono del trabajo la negativa del trabajador a realizar una labor que entrañe un peligro inminente y grave para su vida o su salud; y
c) La falta injustificada de asistencia al trabajo de parte del trabajador que tuviere a su cargo alguna faena o máquina, cuando esa falta signifique una perturbación en la marcha del resto de la ejecución de la obra.

        Ahora veamos un práctico consejo que se aplica en estos momentos en los que se acerca la fecha de los exámenes parciales.

¿Cómo estudiar mejor?

Estudiar es tomar unos contenidos, interpretarlos, asimilarlos y retenerlos, para después poder expresarlos en una situación de examen o utilizarlos en la vida práctica. Es el dominio de una serie de destrezas, habilidades y técnicas, que se aprenden con el ejercicio y que permiten la consecución del objetivo. Persigue la adquisición de conocimientos y su puesta en práctica. El fin es la formación integral de la persona, capacitándola para llevar una vida a plenitud, una existencia activa, consciente. Esta perspectiva resume la idea de que los actos de la vida no se encuentran en compartimentos cerrados, sino que se relacionan unos con otros abiertamente. Estudiar no puede ser atiborrar de datos a nuestro cerebro. Lo importante no es la cantidad de estudio, sino la calidad del mismo. Saber estudiar significa saber cómo hay que pensar, observar, concentrarse, organizar y analizar, en síntesis, ser mentalmente eficientes.
Condicionantes
La tónica general de la armonía familiar va a propiciar o no el mayor rendimiento en el estudio. El ambiente personal también hay que tenerlo en cuenta, así como el nivel de motivación hacia el estudio, el objetivo final al que se quiere llegar y por qué, la capacidad para afrontar los problemas y solucionarlos, el convencimiento de que el estudio es un verdadero bien y tiene sus dificultades. Hay que procurar que el cuerpo esté buenas condiciones al emprender una sesón de estudio, no hacerlo después de una comida fuerte, una gran emoción, beber alcohol, fumar en exceso o tomar mucho café. Tampoco es adecuado después de dormir mucho o demasiado poco. Hay que mantener el cuerpo en forma, haciendo ejercicio y practicando una buena respiración, siguiendo una dieta sana, durmiendo lo necesario y no consumiendo drogas.
El sitio donde se desarrolla la verdadera tarea del estudiante es frente a su mesa de trabajo. Sin ruidos, buena luz, muebles cómodos, material al alcance de la mano, y con ese toque personal y cálido. Allí podrá realmente concentrarse.
Se debe establecer un horario para evitar malgastar el tiempo, estudiar más de lo necesario y ayudar a crear el hábito del estudio.
Nuestro horario personal debe ser estructurado semanalmente, hay que tener en cuenta los tiempos de todas nuestras actividades, hacer una escala de autovaloración de las asignaturas según el agrado y el grado de dificultad que representan para nosotros, distribuirse lo más concretamente posible tanto las asignaturas como las tareas, las materias que son parecidas nunca deben estudiarse seguidas. Dejar cada día un rato para el ocio y ajustar cada actividad a nuestro ritmo de vida. Una vez determinado el horario, hay que cumplirlo y tenerlo a mano.
Estudiar fatiga y existen unas técnicas que ayudan al descanso del trabajo intelectual y al mismo tiempo favorecen la concentración. Una es la Relajación física de los sentidos, mirando a alguna cosa a una distancia de dos o más metros. Con tranquilidad, pasivamente, con el pensamiento centrado en lo que se mira como si fuera visto por primera vez. Otra es que debemos relajar los músculos de la cabeza, moviendo los músculos de la frente varias veces hasta cansarlos, dejarlos ir y sentirlos relajarse, y cambiar de postura física para movilizar los músculos inactivos durante el estudio y ejercicios respiratorios.
Técnicas de estudio
La Atención es la aplicación de la mente a un objeto de manera exclusiva y durante un tiempo determinado. Su objetivo es entender, conocer a fondo y grabar en la memoria los conocimientos adquiridos. Existen dos tipos de atención: la involuntaria, es decir aquella en la que no ponemos intención, y la voluntaria, que requiere una elección y un esfuerzo para salvar la distracción que ejercen otros estímulos en diverso sentido. Esta es indispensable para obtener rendimiento al estudiar. La Concentración es el mantenimiento prolongado de la atención.
El Aprendizaje es un cambio en las disposiciones y capacidades humanas, con relativa permanencia, y que no se puede atribuir sólo al proceso de desarrollo de la persona. Existen cuatro condiciones básicas para tener un aprendizaje óptimo: querer aprender, tener motivación, un método que sistematice los conocimientos y una distribución adecuada del tiempo.
La Memoria es un conjunto de procesos destinados a retener, evocar y reconocer los hechos pasados. Está en estrecha relación con el interés y la atención. Sin memoria la existencia se desarrollaría en un presente vacío de significados.
Para facilitar el proceso de la memorización efectiva podemos utilizar lo siguiente: Asociación de ideas, ya que una idea evocará a otra. Recodificar el material, cuidando que esa estructura sea adecuada al contenido. Fragmentar el material en unidades con sentido que memorizaremos una a una. La curiosidad y el verdadero interés, una buena concentración, la ausencia de nervios y el superaprendizaje, ayudarán al proceso de memorizar. Repetición regular, que es el mejor medio para garantizar el aprendizaje. Existen también una serie de reglas mnemotécnicas que son aplicables a volúmenes o materiales muy concretos y no evitan el hecho esencial de la memoria que es la comprensión.
El Subrayado se utiliza para expresar las ideas principales de un texto. Para ello debemos dominar la lectura comprensiva, sabiendo buscar y distinguir esas ideas principales, y sólo subrayar las palabras necesarias para expresar la idea, no frases enteras.
Realizar un Resumen de lo expuesto, en el que lo explicaremos con nuestras palabras. El Esquema será siempre personal en la forma pero debe expresar la idea del autor y diferenciar nuestra opinión. Es también una buena ayuda para la memoria visual. Las ideas principales se expresarán a la izquierda para en la derecha colocar las secundarias. Cuando ya lo tenemos montado hay que hacer una lectura lenta del esquema junto con una rápida del subrayado para ver si lo entendemos.
La Repetición mental activa es el punto decisivo para el éxito. Sin embargo, si no nos ocupamos de su consolidación en la memoria, prácticamente no será útil. Así, utilizando sólo el esquema repitamos, preferentemente en voz alta, el contenido íntegro del texto, consultando donde no se recuerde bien, y efectuemos la repetición las veces que sean necesarias hasta sentir los conocimientos bien consolidados.
El Repaso es necesario porque las cosas con el tiempo se olvidan. El tiempo ideal para hacer el primero es transcurridas 8 horas y el segundo a las 8 horas siguientes. De este modo parece que la posibilidad de evocar lo aprendido al cabo de un mes es del 60%.
El método más rápido es el oral, que tiene la ventaja de que aprendes "oyéndote", pero si es escrito ayuda al sobreaprendizaje, tan útil para memorizar. Una equivocación es repasar todo pocas horas antes del examen. Lo ideal sería ir repasando, bien cada día lo anterior, o un día a la semana.
Un último consejo, si durante un examen nos quedamos "en blanco", no debemos ponernos nerviosos. Lo recomendable es dejar ese tema y abordar otro. Buscar ideas relacionadas que nos lleven nuevamente al tema. No dejar de escribir o de hablar, aunque sean divagaciones. Saber que durará sólo unos minutos y luego nos recuperaremos.

        

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